Hoy debutan las medidas que buscan calmar el mercado

El Gobierno volverá a tener hoy un test clave en el mercado financiero tras las nuevas medidas que implementó entre el viernes y el domingo para intentar calmar el dólar y frenar la fuga de divisas. Mediante un cepo parcial restringió la compra de moneda norteamericana, y además obliga a los exportadores a liquidar las divisas en el mercado local dentro de un máximo de 5 días hábiles después del cobro o 180 días después del permiso de embarque (15 días para las commodities), entre otras medidas.

La inestabilidad en el mercado cambiario obligó al Gobierno a tomar varias medidas que hasta ahora rechazaba. No solo es el cepo. También definió otras como impedir a los bancos el giro de dólares al exterior sin autorización previa.

Las medidas se dan en el marco de un dólar desbocado, que no encuentra techo pese a que el Banco Central sacrifica reservas para contenerlo. Entre ventas y fugas, la entidad perdió más de u$s12.000 millones desde las PASO.

El Gobierno explicó que las nuevas medidas en materia cambiaria, como el límite a la compra de divisas, buscan proteger al ahorrista ante un escenario complicado y de alta volatilidad.

Sostiene que a través de esta medida se busca lograr mayor estabilidad cambiaria y proteger al ahorrista.

Entre esos límites en el mercado de cambios para proteger al ahorrista se destaca los siguientes puntos:

  • Nadie está limitado para extraer dólares de sus cuentas, ni personas físicas ni jurídicas.
  • No hay ningún impedimento al comercio exterior.
  • No hay restricciones sobre viajes.
  • Se prohíbe el acceso al mercado de cambios para el pago de deudas y otras obligaciones en moneda extranjera concertadas a partir de la fecha.

Personas humanas:

  • Las personas físicas (residentes) no podrán comprar más de u$s 10.000 por mes.
  • No podrán realizarse transferencias de fondos de cuentas al exterior de más de u$s 10.000 por persona por mes.
  • Las personas físicas no residentes no podrán comprar montos superiores al equivalente a u$s 1.000 mensuales.

Personas Jurídicas:

  • Los exportadores tienen que vender las divisas fruto de sus exportaciones en el mercado local dentro de un máximo de 5 días hábiles después del cobro o 180 días después del permiso de embarque (15 días para las commodities)
  • No hay restricciones para la importación o pago de deudas a su vencimiento.
  • Las empresas no podrán comprar dólares para atesorar.
  • Casas y agencias de cambio no podrán incrementar (sin conformidad del BCRA) sus tenencias en moneda extranjera respecto a agosto de 2019.

Fuente: Ámbito