Se aprobó la ley de góndolas en el Senado

El Senado aprobó este viernes la llamada ley de góndolas, por 56 votos a favor y cuatro abstenciones, tras un debate que tuvo lugar en la cuarta sesión del período extraordinario. La norma apunta a equilibrar el reparto entre proveedores de los espacios de exhibición de productos en los supermercados.

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Conocida la aprobación, desde CAME salieron a celebrar la noticia y argumentaron que “se trata de una medida reparadora, que busca fomentar la competencia y generar nuevas oportunidades para las industrias y productores pymes, terminando, además, con las prácticas abusivas de las grandes cadenas que imponían sus condiciones de compra”.

“La Ley de Góndolas se trata de un gran paso para que las pymes accedan a las grandes tiendas, que amplíen sus puntos de venta, para poner en funcionamiento el mercado interno y terminar con la distorsión de precios que existe por la falta de competencia, la elevada concentración de oferta y la posición dominante de grandes empresas”, concluyó el presidente de CAME, Gerardo Díaz.

Los principales puntos son:

  • La norma aprobada dispone que en góndolas y locaciones virtuales haya un 30 por ciento de tope de espacio disponible por marca.
  • Además, se establece que los supermercados deben ofrecer un mínimo de cinco proveedores de un mismo producto por góndola.
  • El proyecto dispone que en góndolas y locaciones virtuales deberá reservarse un 25% del espacio disponible para productos elaborados por micros y pequeñas empresas nacionales.
  • A su vez, en las islas de exhibición y exhibidores contiguos a las cajas se deben presentar en un 50% del espacio para los productos elaborados por Pymes.
  • Se establece la prohibición del alquiler de espacios preferenciales en góndolas o locaciones virtuales, al considerarse ésta una «exclusión anticompetitiva».
  • Fija que los productos de menor valor no pueden ser ubicados en sectores de escasa visibilidad sino colocados a «una altura equidistante entre el primer y último estante» de la góndola.
  • En locaciones virtuales los productos de menor valor deberán publicarse «en la primera visualización de productos de la categoría en cuestión».

Fuente: Ámbito