Coronavirus: Alberto Fernández anunció la prórroga de la cuarentena hasta el 10 de mayo

El presidente Alberto Fernández anunció desde la Residencia de Olivos la extensión de la cuarentena “focalizada” hasta el próximo 10 de mayo inclusive, mientras se analiza “exceptuar nuevas actividades regionales”.

El Presidente anunció que en todos los aglomerados urbanos de más de 500 mil habitantes continuarán con el aislamiento tal como fue hasta ahora, mientras que en los que vivan menos de 500 mil habitantes podrían quedar exceptuados en caso de que cumplan con 5 requisitos: el tiempo de duplicación de casos confirmados debe ser inferior a 15 días; el sistema de salud debe tener capacidad adecuada para dar respuesta; las autoridades sanitarias deben dar una evaluación positiva respecto al riesgo socio-sanitario en relación con la densidad poblacional; el porcentaje de la población exceptuada de las medidas de aislamiento no podrá superar el 50% de la población total del departamento o partido; la zona geográfica no podrá estar definida como “con transmisión local o por conglomerado” por la autoridad sanitaria nacional.

“Si alguno de estos indicadores no se cumple, el departamento o partido no podrá avanzar con la excepciones”, afirmó el primer mandatario.

Tras haber recibido los informes del Comité de Expertos y de haber analizado la situación con los gobernadores, fuentes del Poder Ejecutivo ratificaron que “va a ser muy duro” con el control del cumplimiento del aislamiento social, ya que “no va a poner en riesgo lo que se consiguió hasta ahora, que es uno de los poquitos éxitos que hay en el mundo”.
Los puntos más importantes que anunció el presidente: 
-El aislamiento social, preventivo y obligatorio se prorroga hasta el día 10 de mayo de 2020.
– Los grandes aglomerados urbanos son los lugares de mayor riesgo de transmisión del virus. Por ese motivo, todos los aglomerados urbanos de más de quinientos mil habitantes en el país seguirán cumpliendo las medidas de aislamiento social, preventivo y obligatorio como lo hicieron durante los últimos quince días.
-La Administración Pública Nacional seguirá funcionando con las dotaciones mínimas establecidas.
Siguen suspendidas en todo el país las siguientes actividades:
– Dictado de clases presenciales en todos los niveles y modalidades.
– Eventos públicos y privados: sociales, culturales, recreativos, deportivos, religiosos y otros
– Centros comerciales, cines, teatros, centros culturales, bibliotecas, museos, restaurantes, bares, gimnasios, clubes y cualquier espacio público o privado
– Actividades turísticas, apertura de parques, plazas y similares
– Las fronteras seguirán cerradas para el ingreso de extranjeros. El ingreso de los residentes continuará en los términos que sean compatibles con el control sanitario.
– El transporte de pasajeros aéreo de cabotaje e internacional, terrestre interurbano, entre jurisdicciones e internacional continúan sin autorización para funcionar.
– Las gobernadoras y los gobernadores podrán decidir excepciones al cumplimiento de las medidas de aislamiento. Estas excepciones serán autorizadas únicamente cuando se cumplan las siguientes cinco condiciones sanitarias:
1) Tiempo de duplicación de casos confirmados inferior a quince días,
2) Sistema de salud con capacidad adecuada para dar respuesta,
3) Evaluación positiva de las autoridades sanitarias respecto al riesgo socio-sanitario en relación con la densidad poblacional,
4) El porcentaje de la población exceptuada de las medidas de aislamiento no podrá superar el 50% de la población total del departamento o partido,
5) La zona geográfica no podrá estar definida como “con transmisión local o por conglomerado” por la autoridad sanitaria nacional.
– Si alguno de estos indicadores no se cumple, el departamento o partido no podrá avanzar con la excepciones.
– El Jefe de Gabinete de Ministros podrá disponer el cese de las excepciones que incumplan con los criterios epidemiológicos / sanitarios.
– Las y los trabajadores mayores de sesenta años, embarazadas o personas incluidas en los grupos en riesgo (definidos por el Ministerio de Salud) están dispensados de concurrir a sus puestos de trabajo.
– Todas las personas podrán realizar salidas breves (caminatas de máximo 1 hora), a no más de 500 metros de su domicilio, sin utilizar transporte público y cumpliendo con las recomendaciones de distanciamiento e higiene.
– El permiso de salida de 1 hora rige en todo el país, inclusive para los grupos de riesgo.